María Chaparro en la firma de su libro.

Un maltratador condenado obtiene un permiso navideño por un error administrativo

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María Chaparro León estaba preparando las mejores Navidades de su vida. “Estaba ilusionadísima porque mi niña de tres añitos, que ya empieza a entender qué significan estas fechas, y mi marido íbamos a pasar estas fechas disfrutando de ella y felices con nuestras familias”. Sin embargo, tras una llamada de la Policía en la que se la alertaba de que “su expareja y maltratador gozará de un permiso de vacaciones de cuatro días” y que “se le protegerá ante la situación de peligrosidad” que supone para ella, los planes han cambiado. De la alegría ha pasado al miedo y la rabia.

Chaparro, una superviviente de violencia machista de Ciudad Real, de la que Crónica Libre, ya contó su periplo y tortura después de que una jueza absolviera a su victimario de saltarse reiteradamente la orden de alejamiento, está indignada porque el permiso llega por “un lamentable error administrativo”. Y es que L.M.C.B, a pesar de estar condenado por sentencia del juzgado de lo Penal número 2 de Ciudad Real, a prisión durante 9 años, “por múltiples delitos que ha cometido y llevado a cabo sobre y contra mía  como por violencia de género física, psicológica, revelación de secretos, intromisión en mi intimidad, maltrato habitual, delito de lesiones…), sin cumplir ni la mitad de la condena, se encuentra con que se le concede un permiso de 4 días en Navidades por un error administrativo judicial”, recalca.

El temor a que el maltratador cumpla su palabra

María Chaparro denuncia que a pesar de que tanto ella como su abogado están debidamente personados “en el juzgado de vigilancia penitenciaria número 3 de Madrid, órgano encargado de la concesión de los permisos a los presos, el cual tiene la obligación, según de la ley 4/2015 de 27 de Abril del Estatuto de la Victima del delito, de comunicarme cualquier solicitud de excarcelación del preso, para salvaguardar mi seguridad y poder presentar alegaciones en contra de esa excarcelación”, no ha tenido noticia por este canal.

“Lo grave es que me he enterado del permiso concedido del 30 de diciembre de 2022 al 3 de enero de 2023, por la llamada de la UFAM. No por el juzgado”. Una situación que ha impedido que la afectada pudiera tener tiempo suficiente para impedir tal permiso. “Se me ha privado del derecho de presentar alegaciones contra esta solicitud de permiso. Este error judicial, debido a esta situación de injusticia, me está provocando ansiedad y temor, ya que, antes de entrar en la cárcel, me amenazó con acabar con mi vida y la de mi familia”, describe al teléfono.

Chaparro quiere contar públicamente como el organismo que le ha concedido el permiso al terrorista machista no ha tenido en cuenta lo más básico del Derecho. “El primero y más importante es que es un condenado por violencia de género, el segundo el riesgo que supone para mi seguridad todo ello ya que es un condenado que, a día de hoy no ha demostrado arrepentimiento ninguno y que no ha reconocido los hechos”.

Además, Chaparro añade que tampoco se ha valorado otro riesgo. “Su posible fuga y la situación alargada de inseguridad que acarrearía para mí y mi familia todo ello”.

Más que un error

Así las cosas, esta superviviente denuncia, tanto por ella, como por los cientos de casos como el suyo, que “el hecho de dar permisos a condenados por violencia machista supone un error en el sistema, ya que debe ser un deber y una obligación la comunicación con la víctima, entre el centro penitenciario, juzgado de vigilancia penitenciaria y esta. No solamente se debe valorar el comportamiento de estos individuos en la cárcel, sino que debe ser un compendio de todo, y no olvidarse nunca de por qué están en la cárcel, ya que psicológicamente, está demostrado, que esta clase de personas, solo demuestran agresividad e irá contra su víctima”.

En cuanto a la concatenación de errores, Chaparro le pone nombre y número para que las autoridades tomen nota. “Se ha producido una infracción del artículo 238 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que recoge que los actos procesales serán nulos de pleno derecho cuando: Se prescinda de normas esenciales del procedimiento, siempre que, por esa causa, haya podido producirse indefensión”. Y es que, en este caso, el abogado defensor de María Chaparro, el letrado Ramírez Sarrión, denuncia “que se ha creado una indefensión evidente hacía su defendida al no conocer la existencia de algún plazo o situación concreta por la que recurrir dicha resolución. En ningún momento se le ha notificado a ella o a mí por parte de juzgado correspondiente como es el de Vigilancia penitenciaria de Madrid y tampoco conocimiento del Recurso de Apelación en la Audiencia Provincial de Madrid”, finaliza el abogado. 

Además de esto, se ha producido una infracción del artículo 5 de la Ley 4/2015 de 27 de abril, del estatuto de la víctima del delito. “Porque la ley recoge que toda víctima tiene derecho, desde el primer contacto con las autoridades y funcionarios, incluyendo el momento previo a la presentación de la denuncia, a recibir, de manera inmediata, dicha información. Esa Información que no se ha comunicado ni al letrado ni a la víctima de este caso mediante la vía correcta ni en el momento correcto. Además, en el artículo 7 del mismo Estatuto, concreta que este tipo de resolución tiene derecho la víctima a conocer con anterioridad por parte del Juzgado, y no a través de la UFAM y con retraso temporal como ha sido el caso”.

Y de igual forma, se ha producido una infracción del artículo 13.3 de la ley 4/2015 de 27 de abril, del Estatuto de la Victima del delito, en cuyo artículo se pone de manifiesto el derecho a recurrir por parte del victima contra las resoluciones, derecho que le han negado incurriendo en una irregularidad procesal”.  Por todas estas irregularidades, su abogado denuncia que el permiso de excarcelación concedido al maltratador debe ser anulado. “Ya hemos iniciado en el juzgado de vigilancia penitenciaria el incidente de nulidad de actuaciones. Es inaudito que se concedan permisos a maltratadores condenados sin tener en cuenta el motivo de su carcelación y aún es más indignante que por un error judicial, una víctima no tenga derecho a realizar alegaciones sobre la salida de su maltratador, sintiendo la ausencia de respaldo de las autoridades judiciales en un caso tan sensible como es la violencia de género”, finaliza.

Nuria Coronado

Periodista, conferenciante, formadora en comunicación no sexista y organizadora de eventos. Coautora de Lolita contra el lobo y autora de Mujeres de Frente, Hombres por la Igualdad, Comunicar en Igualdad y
documentalista de Amelia, historia de una lucha.