Irene Montero y su cartera de Igualdad Crónica Libre
Era 13 de enero de 2020 cuando la entonces nueva ministra de Igualdad, Irene Montero posaba con la cartera del ministerio de Igualdad. Fotos: Eduardo Parra / Europa Press
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En defensa del Ministerio de Igualdad, pero no de su ministra

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El señor Núñez Feijóo, candidato a la presidencia del Gobierno de la nación, ha afirmado su intención de prescindir del Ministerio de Igualdad en caso de tener en sus manos la responsabilidad de gobernar, calibrando, a ojo de buen cubero, que, con contar con un Departamento de “Igualdad”, ya está cubierto el expediente de atención al artículo 14 de la Constitución española que proclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo.

Lo que ocurre es que habrá que decirle al señor Núñez Feijóo que para decidir sobre la necesidad de contar con un Ministerio de Igualdad o no, lo que debe primar es el análisis de las competencias que este ministerio debe atender.

Y para tener claras esas competencias hay que recurrir a la ley orgánica más despreciada por este Gobierno de coalición, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

En la Exposición de Motivos de esa Ley se recoge lo siguiente:

”El pleno reconocimiento de la igualdad formal ante la ley, aun habiendo comportado, sin duda, un paso decisivo, ha resultado ser insuficiente. La violencia de género, la discriminación salarial, la discriminación en las pensiones de viudedad, el mayor desempleo femenino, la todavía escasa presencia de las mujeres en puestos de responsabilidad política, social, cultural y económica, o los problemas de conciliación entre la vida personal, laboral y familiar muestran cómo la igualdad plena, efectiva, entre mujeres y hombres, aquella «perfecta igualdad que no admitiera poder ni privilegio para unos ni incapacidad para otros», en palabras escritas por John Stuart Mill hace casi 140 años, es todavía hoy una tarea pendiente que precisa de nuevos instrumentos jurídicos.”
”Resulta necesaria, en efecto, una acción normativa dirigida a combatir todas las manifestaciones aún subsistentes de discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo y a promover la igualdad real entre mujeres y hombres, con remoción de los obstáculos y estereotipos sociales que impiden alcanzarla”.

La violencia que sufren las mujeres

Con el sexo hemos topado, y hay que topar desde la realidad material que tiene, como la realidad biológica que es, y siendo muy conscientes del entramado cultural y socioeconómico que se le impuso al sexo a través de la recreación de arquetipos comportamentales, que los estudios de las académicas feministas denominaron género.

La interiorización de esos arquetipos comportamentales es lo que alimenta la violencia que sufren las mujeres, porque esos arquetipos reflejan una asimetría jerarquizada en función del sexo, y esta es una realidad que queda recogida en otra ley orgánica cuya implementación también ha quedado marginada durante la vigente legislatura, la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (ley que se aprobó a pesar de los votos abstencionistas del PP):

”La violencia de género no es un problema que afecte al ámbito privado. Al contrario, se manifiesta como el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad. Se trata de una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión.”
”La Organización de Naciones Unidas en la IV Conferencia Mundial de 1995 (...) la define ampliamente como una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres.”

Igualdad y Relaciones de poder

Esas “relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres.” citadas en la ley de 2004 y “los obstáculos y estereotipos sociales que impiden alcanzar la igualdad real entre mujeres y hombres” citados en la ley de 2007, están blindados desde tiempos remotos por el género, y las medidas políticas encaminadas a revocarlos han de tener como objetivo la deslegitimación del instrumento social que los fortalece, no su reivindicación como identidad.

Dirigir esa complejísima tarea es una responsabilidad que ha de asumir un Ministerio, el de Igualdad, ya que la Ley Orgánica de Medidas de Protección contra la violencia de género es taxativa al respecto:

”Los poderes públicos no pueden ser ajenos a la violencia de género, que constituye uno de los ataques más flagrantes a derechos fundamentales como la libertad, la igualdad, la vida, la seguridad y la no discriminación proclamados en nuestra Constitución.”
”El ámbito de la Ley abarca tanto los aspectos preventivos, educativos, sociales, asistenciales y de atención posterior a las víctimas (...). La violencia de género se enfoca por la Ley de un modo integral y multidisciplinar, empezando por el proceso de socialización y educación. La conquista de la igualdad y el respeto a la dignidad humana y la libertad de las personas tienen que ser un objetivo prioritario en todos los niveles de socialización.”

Igual de taxativa que lo es la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres:

”La Ley nace con la vocación de erigirse en la ley-código de la igualdad entre mujeres y hombres. (...) La Ley se refiere a la generalidad de las políticas públicas en España, tanto estatales como autonómicas y locales. (...)  La ordenación general de las políticas públicas, bajo la óptica del principio de igualdad y la perspectiva de género, se plasma en el establecimiento de criterios de actuación de todos los poderes públicos en los que se integra activamente, de un modo expreso y operativo, dicho principio; y con carácter específico o sectorial, se incorporan también pautas favorecedoras de la igualdad en políticas como la educativa, la sanitaria, la artística y cultural, de la sociedad de la información, de desarrollo rural o de vivienda, deporte, cultura, ordenación del territorio o de cooperación internacional para el desarrollo.”

Es indefendible que desde un Departamento de «Igualdad” pueda afrontarse la organización de la transversalidad institucional y administrativa que la implementación de las políticas de Igualdad conlleva. Sólo es defendible si no se tiene la más mínima intención de implementarlas. ¿Acaso las palabras del señor Núñez Feijóo obedecen a esa intención?.

Aunque podría ser que su desprecio ante la operatividad del Ministerio de Igualdad esté contaminado por la labor de quien fue asignada, aún no sabemos atendiendo a qué conocimientos, a la dirección de dicho Ministerio, porque el balance de la organización de la transversalidad institucional y administrativa de las políticas de Igualdad, no es nada positivo atendiendo a los datos oficiales:

1-Según el último Balance de Criminalidad del Ministerio del Interior:

__ La serie histórica de la última década muestra la evolución creciente de los delitos sexuales, solo alterada en 2020, año marcado por la excepcionalidad de las medidas contra la pandemia del Covid-19. Entre 2012 y 2021, el incremento de los delitos sexuales registrados en 10 años es de un 88,9%.

__El incremento de los delitos sexuales en el último dato disponible, para los nueve primeros meses de 2022, es del 16,3% respecto al mismo periodo del año anterior. De ellos, las violaciones registradas aumentaron un 21,5%.

__Entre enero y septiembre de 2022 se registraron 13.455 delitos contra la libertad sexual, de ellos, 1.942 violaciones, lo que supone pasar de un ratio de 5 violaciones al día en 2019 a 7 al día en 2022.

__El Hospital Clínic de Barcelona confirma el aumento de agresiones sexuales en 2022: un 51% más que el año pasado. El director general del Hospital Clínic ha subrayado que la sociedad tiene un «grave problema».

__Nuevo balance de rebajas de penas por la ‘ley del solo sí es sí’: 1.079 condenas reducidas y 108 agresores excarcelados. El 30,9% de las revisiones de sentencias se saldan con la reducción del castigo.

2-Ya son 1205 las mujeres asesinadas por la violencia alimentada por el género desde enero de 2003.

3-El Centro Reina Sofía de Fad Juventud constata en un informe el retroceso de las ideas igualitarias, la negación de la violencia machista y la brecha entre chicos y chicas.

4-La brecha salarial entre los sexos en España es del 24%; 3 de cada 4 empleos parciales son ocupados por mujeres; 8 de cada 10 mujeres percibe la conciliación familiar como una dificultad para montar un negocio; la brecha salarial en función del sexo tiene un origen temporal muy marcado: los 36 años, y una explicación muy clara, la maternidad; los últimos datos publicados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, sitúan la brecha entre los sexos referida al cobro de la pensión por jubilación en el 28,1%.

Es una necesidad planteada desde hace décadas por el Movimiento Feminista la existencia permanante del Ministerio de Igualdad, gobierne quien gobierne, porque las políticas igualitarias son una herramienta imprescindible para el avance democrático, la convivencia igualitaria y el progreso social.

Pero la dirección de ese ministerio tiene que regirse por las dos leyes vigentes que avalan su existencia, e incluir entre sus objetivos el ejercicio de una labor didáctica ante la opinión pública, que muestre el valor social que para el mantenimiento del estado de bienestar tienen las política igualitarias.

Si estas declaraciones del señor Feijóo van a utilizarse durante la campaña electoral, al menos debería hacerse con rigor político, y ese es el objetivo pretendido desde esta publicación.

Puri Liétor

Puri Liétor es Psicóloga Sanitaria, activista feminista e integrante de la
Plataforma Autonómica Front Abolicionista-PV, de la plataforma Estatal
Confluencia del Movimiento Feminista y afiliada del Partido Feministas al
Congreso (PFAC).