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R.A.I. en un parque al que solía ir a jugar con sus hijos, en una imagen cedida a Crónica Libre.

La Audiencia de Pontevedra retira la custodia de dos menores a su madre por el «repugnante» Síndrome de Alineación Parental, según el padre

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La Audiencia Provincial de Pontevedra ha retirado la custodia de sus dos hijos a una madre tras admitir los argumentos presentados por la defensa de su exmarido entre los que se incluye el Síndrome de Alienación Parental (SAP). El escrito del recurso de apelación del padre de los menores a la sentencia de divorcio dictada en diciembre de 2022 considera “necesaria la conveniencia de una evaluación profesional de los niños por la repugnante interferencia parental continua” de la madre que “ha afectado a la voluntad” de los menores. Lo indignante del caso es que en España, el Síndrome de Alienación Parental no puede ser motivo de denuncia ni usado como fundamento legal.

La sentencia, que no alude directamente al Síndrome de Alineación Parental (SAP) como sí aparece específicamente en el recurso de apelación, hace suyos todos los argumentos esgrimidos por la defensa del padre de los menores y ha resuelto retirar la custodia a la madre y entregársela de manera automática al padre que, según la afectada “no le conocen porque nunca le han tratado”.

El caso de este mujer, cuyas iniciales son R. A. I. es una maraña judicial difícil de desentrañar sin remontarse a 2020 cuando ella y su exmarido se ven inmersos en un divorcio que venía precedido de una denuncia que la madre de los menores había interpuesto ante la Guardia Civil de Sanxenxo (Pontevedra) en marzo de 2020 motivada por la conducta sospechosa de su pareja con los menores que ya había sido motivo de consulta tres años antes con una psicóloga.

La denuncia, que fue archivada por falta de pruebas, coincide en el tiempo con las dudas manifestadas también por esta madre ante la Guardia Civil por una posible manipulación del automóvil que ella utilizaba con asiduidad por parte de alguien con acceso a las llaves del vehículo. Ambas situaciones motivaron la decisión de R. A. I. de echar del domicilio familiar a su ex marido, no sin acordar previamente un régimen de visitas, de manera amistosa, para que viese a los menores y pasara tiempo con ellos, siempre sin pernoctas.

Padre ausente

Durante las primeras semanas, la frecuencia de las visitas a los niños, salvo por algunas alteraciones derivadas de la crisis sanitaria de la COVID 19, se desarrollaron con cierta normalidad hasta que el progenitor tuvo conocimiento de la denuncia interpuesta por su ex mujer. A partir de entonces, las visitas al domicilio familiar su vieron salpicadas de conductas violentas hacia ella y sus hijos.

A finales de abril de 2021 se celebra el juicio de medidas provisionales en el que se fija el régimen de visitas del padre, muy amplio pero siempre sin pernoctas y acompañado de un familiar. “La primera visita fue un desastre –explica R. A. I.- porque los niños casi no han tenido relación con él ya que se iba a trabajar cuando ellos estaban durmiendo y volvía cuando estaban acostados; siempre fue un padre ausente”.

Sin embargo, su comportamiento cambia cuando se establece el régimen de visitas y la actividad laboral que le impedía implicarse en la crianza de los menores antes, sin haber sufrido ningún cambio, sí le permitía ahora recoger a los menores del colegio para pasar con ellos el tiempo acordado por el juzgado. La obligación de pasar tiempo con el padre después de las clases se convirtió en una tortura para el hijo mayor. “Mantenía forcejeos en la puerta del colegio porque no se quería ir con el padre y luego no quería volver al centro porque se sentía avergonzado ya que en alguna ocasión hubo que llamar a la Policía”, explica.

Punto de Encuentro Familiar

Ante esta situación la madre de los niños solicitó un Punto de Encuentro Familiar para que las visitas fueran supervisadas por especialistas pero el propio personal técnico de este servicio las suspendió ante el estado emocional del niño que se negaba, reiteradamente, a salir del lugar con su padre quien le obligaba  ejerciendo su fuerza, como queda constancia en las denuncias que la madre realizó los días 6 y 7 de septiembre ante la Policía Nacional de Pontevedra por malos tratos.

Ambas denuncias se archivan sin dar traslado a la Fiscalía de Menores y posteriormente, a pesar del recurso presentando, vuelve a decretarse su archivo sin practicarse ninguna diligencia. “Mi familia y yo siempre pensamos que aquí había alguna trama por detrás porque es muy extraño que todo quedase archivado sin haberse practicado ninguna diligencia ni tomado declaración a los testigos ni al  padre”, señala R. A. I.

Con las visitas suspendidas desde septiembre de 2021, en mayo de 2022 la madre de los niños, enfermera de profesión que durante varios meses se había formado como matrona y cuya titulación era inminente al estar pendiente sólo de su proyecto final, tiene la oportunidad de entrar a forma parte del servicio público de salud gallego lo que redunda en una importante mejora en sus condiciones laborales.

Para ello debe  trasladar su residencia desde Sanxenso a Ferrol, extremo del que informa al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cambados cuya fiscal argumenta que las causas alegadas por la madre de los menores “están más que justificadas sin oír a las partes”. Sin embargo, el mismo auto “interesa la celebración de una vista” para resolver el régimen de visitas porque R. A. I. había interpuesto, en estas mismas fechas, una denuncia por violencia intrafamiliar debido a los sucesos acaecidos durante las visitas del padre con los menores en el Punto de Encuentro Familiar de Pontevedra.

«Hay muchas irregularidades que hemos denunciado», asegura la madre

A partir del verano de 2022 el asunto comienza a complicarse con extrañas decisiones que afectan tanto a la madre de los menores como a los propios pequeños, últimas víctimas de un litigio que los ha alejado de su madre y la familia materna con la que han convivido desde su nacimiento para trasladarse a vivir a O Grove con el padre y su familia a la que prácticamente no conocen, según explica ella.

“Hay muchas irregularidades que hemos denunciado” asegura y pone como ejemplo la celebración de una vista para resolver lo del cambio de domicilio pero “estando ya en el juzgado nos comunican que se suspende por un conflicto de competencias”. También indica la entrevista que toda la unidad familiar mantuvo con el personal del equipo psicosocial del Instituto de Medicina Legal de Galicia “el 9 de agosto de 2022, en periodo inhábil y con un año de adelanto sobre la fecha para la que nos habían citado”.

La pérdida de la custodia por parte de la madre radica en el incumplimiento del régimen de visitas que, según explica, no le fue comunicado al estar pendiente de la resolución de la denuncia por violencia intrafamiliar.

Cambio de domicilio

El comienzo del curso escolar 2022/2023 se inicia sin que R. A. haya obtenido contestación por parte del Juzgado de Instrucción de Cambados sobre la aprobación o no del cambio de domicilio de los menores junto con su madre debido a la oportunidad laboral de la que esta pueda disfrutar.

“Dos días antes de empezar las clases aún no sabía a qué colegido debían ir por lo que, con el tiempo ya encima, tengo que empadronarlos y matricularlos en Ferrol porque no pueden estar sin ir al colegio”, señala la madre de los niños que, entonces, estaba convencida de conseguir la aprobación del cambio de domicilio “porque no había motivos para denegarlo”. Sin embargo, no fue así y en noviembre, con el curso ya avanzado, se pronuncia el Juzgado de Cambados que deniega el cambio de domicilio.

“Fue increíble porque estaban negándome un futuro profesional y un trabajo con unas buenas condiciones para poder mantener a mis hijos en un entorno y una ciudad a la que los niños se habían adaptado perfectamente ya que, incluso, en el propio colegio sus expedientes académicos eran inmejorables”.

R. A. se muestra rotunda ante la contestación del juzgado y recurre su mandato porque “obviamente no iba a dejar un trabajo que daba de comer a mis hijos, sobre todo porque su padre no pasaba ninguna manutención y, mi primera obligación como madre, es dar alimentos a mis hijos”. Entre juzgados y denuncias, los niños permanecen en este momento en la casa familiar del padre en O Grove, sin ninguna comunicación con su madre y la familia materna tras una serie de circunstancias cuyo relato continuará en un segunda parte que se publicará mañana aquí en Crónica Libre.

Cristina Prieto

Periodista e investigadora con más de treinta años de experiencia. Integrante del equipo español del Proyecto Monitoreo Global de Medios (GMMP), un estudio internacional para conocer la presencia de las mujeres en las noticias. Coautora del libro Nietas de la Memoria.