La petición, aprobada con amplia mayoría (35 votos a favor, 15 en contra y 2 abstenciones), la resume Violeta Alonso Peláez, su presidenta y residente en Frankfurt como “una burla a los derechos humanos de las mujeres y de sus criaturas. La situación actual contraviene no solo la legislación española, sino un gran número de tratados y convenios internacionales que nuestro país ha ratificado, como la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres o la convención sobre los derechos del niño.
Esta práctica cosifica a mujeres y menores y los convierte en meros objetos carentes de toda dignidad humana. Mercantiliza los cuerpos de las mujeres negándoles el derecho a la filiación y convierte a sus hijos e hijas en el fruto de una transacción comercial, atentando de forma gravísima contra el interés superior de los y las menores”.
Y es que ha tenido que ser la mano de una feminista la que después de un intenso y minucioso trabajo de meses haya logrado este consenso y esta declaración de principios. Este órgano consultivo, adscrito al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, tiene como finalidad garantizar la efectividad del derecho de la ciudadanía española residente en el exterior a participar en los asuntos que les conciernen. Entre sus atribuciones está el formular propuestas y recomendaciones a las distintas administraciones públicas en estos asuntos. Ninguna de las personas que forman parte de él cobran por su entrega y trabajo.
De hecho, es la primera vez que una mujer ocupa el cargo de presidenta en dicho Consejo. “En mi primera intervención señalé que mi intención era la de dotar al Consejo Exterior de una perspectiva feminista. El haber tenido la fortuna de que me acompañasen en esta visión un gran número de consejeras y consejeros ha sido indispensable para que esto se haya materializado en la aprobación de esta propuesta”, explica más que satisfecha.
“Ha sido elaborada y presentada en un primer momento desde Alemania, por parte de Alba Delgado, como consejera general por Alemania y por mí misma, por lo que la implicación ha sido muy directa. No obstante, sin el apoyo y el compromiso con los derechos de las mujeres que tiene la Comisión de Mujeres y Jóvenes del Consejo no hubiera salido adelante. Esta comisión desarrolló un gran trabajo sobre la propuesta inicial, se asesoró con personas expertas en la materia -como Berta O. García, presidenta de CIAMS- y refrendó de forma unánime la propuesta para llevarla a sesión plenaria”.
Así las cosas, el Consejo -tras celebrar su sesión plenaria los días 6 y 7 de noviembre de 2023 en Asturias-, ha aprobado así solicitar al Ministerio de Justicia, específicamente a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública la anulación de Instrucción de 5 de octubre de 2010 sobre régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución, así como de la Instrucción de 18 de febrero de 2019, sobre actualización del régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución por considerarlas fraude de ley.
Para la presidenta Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior “los derechos fundamentales inalienables consagrados en nuestra constitución, como el derecho a la dignidad, el derecho a la igualdad o el derecho a la integridad física y moral no pueden seguir siendo socavados a través de estas prácticas. Nuestra legislación, a través de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, es muy clara respecto a la nulidad de este tipo de contratos, declarando además que es una forma grave de violencia reproductiva sobre la que se deben tomar medidas en el ámbito de la prevención y de la persecución.
En este sentido, la propuesta aprobada por el pleno del Consejo tiene como fin corregir una anomalía legal y asegurar que las prácticas registrales en los consulados españoles en el exterior cumplan con la legalidad vigente en nuestro Estado. Pedimos una adecuación a la normativa vigente en protección de derechos humanos de mujeres y menores de los criterios de acceso al Registro Civil español de los nacidos en el extranjero”, recalca.
Además, Violeta Alonso subraya que dicha instrucción se viene usando desde hace ya 13 años “como resquicio normativo que burla la prohibición legal de una práctica que atenta contra la dignidad de las mujeres y viola los derechos de los menores al exigir la renuncia a un derecho fundamental, como es el de la filiación materna. Dicha exigencia vulnera siempre de manera inequívoca los derechos de las mujeres y de sus hijas e hijos».
«La propuesta -continúa Violeta Alonso- busca que prevalezca la ley vigente en cuanto a los criterios de acceso al Registro Civil español de quienes nacen en el extranjero; que la práctica conocida como gestación por sustitución no sea tratada arbitrariamente como una técnica de reproducción asistida por una simple instrucción que contradice la ley y que el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor de la persona contratante o de una tercera sea considerado también nulo de pleno derecho cuando la práctica se lleve a cabo por ciudadanos españoles en el extranjero».
La presidenta del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior lo tiene claro: «Se trata, pues, de evitar que existan vías para soslayar la ley vigente y de dar el mismo tratamiento legal, tanto en España como en el extranjero, a una práctica prohibida en España que vulnera los derechos humanos fundamentales y la dignidad de las mujeres, y que convierte a los menores en objetos de transacción comercial, vulnerando su derecho a conocer su origen y afectando su dignidad e integridad moral».
Desde el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior, como órgano de carácter consultivo que somos tenemos como uno de nuestros objetivos colaborar con las administraciones públicas formulando propuestas y recomendaciones en todos aquellos temas que afecten a la ciudadanía en el exterior.
El debate en torno a este asunto ya se ha suscitado anteriormente en el Consejo General. Consejeras que viven en países donde se permite la gestación subrogada conocen muy de cerca situaciones absolutamente dramáticas. En mi opinión era absolutamente necesario que el Consejo General tomase un posicionamiento claro en una práctica que conlleva vulneraciones de derechos tan graves y lo que esperamos es que haya la valentía política suficiente para acabar con el actual fraude de ley.
La legislación española es muy clara al respecto, establece en la ley 14/2006 la nulidad de estos contratos, pero a continuación a través de una instrucción que no tiene rango de ley ni de norma y que contradice la ley 14/2006 de forma reiterada a lo largo de todo su desarrollo facilita el fraude de ley y además lo hace instrumentalizando de forma irresponsable a las oficinas consulares de España en el exterior, cuya función es proteger y asistir a nuestra ciudadanía.
Quienes defienden esta práctica se aferran bien por desconocimiento, bien por mala fe, al punto 10.3 de la ley 14/2006 obviando que no es lo mismo una reclamación de paternidad por vía judicial que el reconocimiento automático de la misma en base a un contrato de subrogación que es nulo de pleno derecho y contrario al orden público.
Desconocemos si se ha llevado a cabo una iniciativa así, pero si logramos abrir camino en otros lugares será una satisfacción enorme.
Las propuestas una vez aprobadas siguen una serie de trámites, por lo que la respuesta no es inmediata. Una vez el Consejo Exterior aprueba una propuesta, esta se remite a través del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones al Ministerio o Administración competente, en este caso al Ministerio de Justicia, y en concreto a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, la actual denominación de la que era la Dirección General de los Registros y el Notariado. Según la reciban, tendrán que estudiarla, ya que es una recomendación de un órgano consultivo, tomar una decisión al respecto y dar una respuesta que esperemos sea positiva al Consejo General.
Por supuesto. La administración tiene la obligación de actuar de forma coherente y acorde a la ley. No puedes prohibir una práctica, determinar que vulnera de forma grave los derechos reproductivos de las mujeres y al mismo tiempo permitir una vía al fraude de ley. No basta con buenas palabras, hay que actuar y defender los derechos básicos de las mujeres.
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