Nuria González López, abogada

Nuria González: “Es imposible afirmar que las personas transgénero son más vulnerables económicamente”

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Nuria González López es abogada y presidenta de L’Escola, una asociación fundada en México en 2015 para defender los  derechos de las mujeres y las niñas que  creó el Observatorio sobre la desaparición forzada, el feminicidio y la tortura en el Distrito Federal. Desde 2017 desarrolla su actividad también en España y, además de llevar a cabo programas de formación para mujeres, ha emprendido diversos procesos judiciales de gran calado como el interpuesto contra el Ministerio de Trabajo por la Inscripción del sindicato OTRAS, las agencias que operan en España en los procesos de vientres de alquiler y la devolución de menores en caliente en la frontera de Ceuta con Marruecos. L’Escola acaba de denunciar ante la Inspección de Trabajo la oferta de empleo público del Consell Comarcal del Maresme que ofrecía seis puestos de trabajo para personas transgénero, de perfil administrativo y con una duración de doce meses.

¿Con qué base jurídica se ha presentado la denuncia ante la Inspección de Trabajo?

«Nosotras entendemos que no se están respetando los principios básicos para acceder al empleo público que son la capacidad y el mérito y, sobre todo, la transparencia y la publicidad. Cuando alguien quiere acceder a un empleo público -porque estamos hablando de contratos de 12 meses en una administración aunque sean temporales- se exigen un montón de documentos que se pueden certificar que son ciertos y, en este caso,  se pide, además, una declaración jurada de que son personas transgénero que no tiene ningún valor. Existe una gran contradicción en la propia convocatoria porque se solicita mucha documentación legal, real y comprobable pero el requisito específico, que es ser una persona transgénero, se solventa con una declaración jurada y esto es un fraude porque no se puede probar. Es más, se puede firmar un día y, tras pasar la selección, dejar de sentirse así».»

¿Cuál será el siguiente paso?

«Hemos ido a la Inspección de Trabajo cautelarmente para tener un refuerzo pero lo que realmente nos va a llevar a un contencioso es la reclamación previa  que hemos interpuesto contra la propia Administración que hace la oferta. Tiene seis meses para contestar y, si no lo hace, ya se puede ir a un contencioso ante un juez que es donde nosotras queremos llegar. Espero que se declare nula la convocatoria y, aunque en primera instancia no sentaría un precedente porque se puede recurrir, estamos dispuestas desde L’Escola a llegar a un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Nos encontramos ante un caso de interés constitucional porque nunca se ha hecho una cosa semejante».

¿Qué papel están jugando los ayuntamientos que lanzan estas ofertas?

«Al final será un contencioso contra los ayuntamientos que están ofreciendo los trabajos y contra la Generalitat que es la que ha elaborado el programa Treball i Formaciò impulsado por el Servicio de Ocupación Pública (SOC). No queremos ir sólo contra la Generalitat porque entendemos que los ayuntamientos deben de ser conscientes de lo que están haciendo. No puede ser que les llegue una convocatoria del SOC, la hagan pública y ya está. Los ayuntamientos tienen servicios jurídicos y están en la obligación de saber que esto no se puede realizar. Los secretarios municipales deben parar las ofertas de empleo público que no cumplen con los criterios de capacidad, mérito, igualdad y transparencia aunque procedan de la Generalitat.  Hay que poner un tope a esta inercia».

¿Existe un agravio comparativo con el resto de la ciudadanía?

«Estamos, en este momento, inmersos en todo el proceso de estabilización de interinos y a todas esas personas se les exige que acrediten sus méritos con papeles oficiales, incluso de las propias administraciones en las que ya están trabajando. Sin embargo, el requisito principal para acceder a estos puestos de trabajo es algo que no se puede comprobar porque está basado en el sentimiento de la persona y es ilegal. Cualquiera puede ver que esto es ilegal e inconstitucional. Contraviene el artículo 14 de la Constitución sobre la igualdad, dinamita el Estatuto del Empleado Público y el procedimiento administrativo que recoge, claramente, cuáles son los méritos y principios que hay para que todo el mundo pueda acceder al empleo público en igualda».

Ley Trans

¿Se agravará la situación cuando se apruebe la Ley Trans?

La Ley Trans, en determinadas circunstancias, no se va a poder aplicar. Porque, para empezar, ¿cómo se van a poder determinar las características socioeconómicas de un grupo que dicen que está en situación de desempleo cuando no se puede acotar el grupo porque es fluido? Es imposible afirmar que las personas transgénero son más vulnerables económicamente porque no sabemos quiénes son. La propia Ley está indicando que por la mañana pueden ser 45 y por la noche 214, por ejemplo. Es inviable realizar un análisis socioeconómico de un grupo que no se puede identificar porque la propia Ley Trans y todo lo que se está aprobando alrededor imposibilita la identificación y las características objetivas de este grupo. La vamos a llevar a los tribunales y no se va a poder aplicar a no ser que los tribunales decidan eliminar la Constitución, directamente. Si no se logra definir el grupo, cualquier medida que se decida aplicar no podrá realizarse e, incluso, se estaría rozando la prevaricación».

¿Facilitará el fraude en convocatorias como la que ha  denunciado L’Escola?

«En estas convocatorias el fraude puede estar perfectamente garantizado y no hay manera de evitarlo. Aunque la buena fe existiera y, realmente, se quisiera favorecer a un determinado colectivo, no se podría conseguir porque cualquiera se puede apuntar. La inseguridad jurídica es absoluta, por eso no se va a poder aplicar por lo menos en temas como el acceso al empleo público«.

¿Al amparo de qué normativa se realizan estas ofertas?

«Estas convocatorias se están haciendo al amparo de la Ley catalana del 10 de octubre de 20214 para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, trangéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia. También acogiéndose a la ley 3/2007 de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. Y es necesario encender todas las alarmas que estén disponibles porque se pretende abolir la realidad jurídica para los 44 millones de españolas y españoles. Por eso, nuestro objetivo principal es llegar a una sala de juicio y ponerlo delante de una jueza o un juez para que digan, de verdad, si estas convocatorias así son legales y que nos lo expliquen. Porque, si no lo son, que se quede retratado que no son legales y que quede claro que toda la fanfarria creada alrededor de estas situaciones es inaplicable legalmente si no queremos destruir  todo el sistema jurídico del país».

¿Supone un agravio frente a las miles de personas que estudian durante años oposiciones para acceder a una empleo público?

«Evidentemente. Y lo que es más ¿Qué capacidad o mérito aporta para el trabajo que se oferta de jardinería o de administrativo que sea una persona transgénero o no? ¿Garantiza eso que va a desempeñar mejor su trabajo o no? Lo que ocurre es que estamos hablando de contratos de doce meses en un año electoral y eso significa votos en mayo y votos en diciembre que, además, constituye ya un mérito computable para futuros contratos«:

Cristina Prieto

Periodista e investigadora con más de treinta años de experiencia. Integrante del equipo español del Proyecto Monitoreo Global de Medios (GMMP), un estudio internacional para conocer la presencia de las mujeres en las noticias. Coautora del libro Nietas de la Memoria.